Desde el 1 de enero e 2009 en Cataluña entró en vigor el Libro IV del Código Civil catalán relativo a las Sucesiones que modificó varios aspectos del anterior Código de Sucesiones que se había aplicado hasta la fecha de publicación del actual.
Hay que tener en cuenta que la ley que se aplicará a vuestra sucesión será ésta, la del 1 de enero de 2009 porque la ley que se aplica a las sucesiones es la ley vigente en el momento del fallecimiento.
Por ello hay que prestar atención a los testamentos hechos antes del año 2009 y revisarlos si no queremos dejar problemas a nuestros herederos.