La legislación europea en materia sucesoria, es decir, en materia de herencias y testamentos hace cambios radicales en toda España a partir de agosto de 2015, fecha en que entra en vigor el Reglamento Europeo nº 650/12. Ojo con la ley aplicable en las herencias de los catalanes y restos de ciudadanos de la Unión Europea que no residan en su país de origen.La ley aplicable ya no será la ley personal como ocurre ahora sino la ley de residencia. Así que si vives o vas a vivir fuera de Cataluña, pasa antes por tu abogado de confianza para que revise tu testamento o tus herederos se pueden encontrar con desagradables sorpresas.