Cuando se contrate un seguro de vida, hay que fijarse bien en la cláusula que hace referencia a los beneficiarios ya que si no decimos nada, el banco ya tiene su propia cláusula que dice algo similar a esto: «serán beneficiarios los herederos legales».
Esta frase tan inocente ha dado lugar a más de un pleito por cuanto no todo el mundo entiende lo mismo por heredero legal.
Una entidad bancaria entendía que los beneficiarios eran los que designaba la ley y no había forma de que entendiera que si hay testamento los beneficiarios deberían ser las personas designadas en testamento.
Para evitar que este tema sea materia de interpretación lo mejor es que se den los nombres concretos de quienes queremos que sean los beneficiaros de los seguros de vida y planes de pensiones. Tus herederos lo agradecerán!!.