Ondacero: Entrevista Maria-Elba Rojas, herencias en estado de alerta por Covid


ENTREVISTA ONDACERO 22-05-2020

Locutora:
La verdad es que la pandemia del coronavirus ha pillado al mundo desprevenido. Más de 27 mil personas han perdido la vida en nuestro país a causa de este virus y en la mayoría de casos han sido de una forma totalmente inesperada e imprevista, como es lógico, es decir, que muchas de estas personas han fallecido sin haber otorgado testamento.
Qué pasa en estos casos con el patrimonio y los bienes de esa persona fallecida? Pues bien, vamos a buscar respuesta a esta pregunta y por eso contactamos ahora con María-Elba Rojas. Ella es abogada con más de 30 años en la profesión y además está muy especializada precisamente en este tema, en las herencias.
María Elba Rojas Muy buenos días, bienvenido a la cita.
María-Elba Rojas:
Buenos días Mónica. Qué tal?

Locutora:
A ver la pregunta que nos hacíamos: ¿Quienes heredarán los bienes de una persona fallecida estos días sin haber hecho testamento?
María-Elba Rojas:
Pues sí, como comentabas, el Covid se llevará a muchas personas que no tenían previsto morirse en estos momentos. Y la ley siempre tiene un plan para el caso de aquellos fallecidos, que no han hecho testamento. Las personas que van a heredar son las elegidas por la ley, es decir, si nosotros no las elegimos a través de un testamento, las va a elegir la ley.

Locutora:
Y cuáles son esas personas elegidas por la ley, ¿que son familiares, hijos?
María-Elba Rojas:
Exactamente. Heredarán los parientes por consanguinidad, empezaremos por los hijos, los primeros que pueden heredar son los hijos y para el supuesto de que no hubieran hijos, heredaría el cónyuge o la pareja estable que tienen los mismos derechos hereditarios. Y si no hubiera cónyuge o pareja, heredarían los padres del fallecido. Y si no hubiera padres, pasamos ya a los colaterales, que serían los hermanos, los hijos de hermanos, etcétera, y las demás personas que ha previsto la ley.

Locutora:
¿Y estos herederos están obligados a aceptar aceptar una herencia?
María-Elba Rojas:
No que va, es un trámite totalmente voluntario. Una cosa es que tú aparezcas como heredero o bien en un testamento, o bien a través de un procedimiento en que te declaran heredero. Pero entre la declaración de herederos y la aceptación hay un trámite de manifestación de voluntad. Tú eliges si quieres aceptar o no aceptar la herencia que te están dejando. No es obligatorio, ni mucho menos.

Locutora:
¿Qué plazo se tiene para decidir si aceptas o no?
María-Elba Rojas:
Curiosamente, aunque la ley da plazos para todo, para aceptar o no aceptar la herencia, no existe ningún plazo, da libertad.

Locutora:
Te voy a plantear alguna situación.
Por ejemplo, ¿Qué pasa, si uno de los hijos de la persona difunta también ha fallecido y además esta persona tenía hijos, es decir, los nietos del fallecido sin testamento, estos heredarían algo o no?
María-Elba Rojas:
Sí, porque mira, vamos a poner un caso concreto. Imaginemos que yo tengo dos hijos. Uno vive en el momento que yo he fallecido y otro ha muerto mucho antes que yo. Entonces, si ese hijo que ha muerto antes que yo había tenido hijos, la parte del hijo que ya estaba fallecido la van a heredar sus hijos, es decir, lo que serían mis nietos. La mitad pasaría al hijo vivo y la otra mitad a los hijos de mi hijo fallecido.

Locutora:
Oye, por cierto, se me estaba ocurriendo el tema de que, claro, quizás con esta situación que estamos viviendo tan dramática, hay mucha gente que no tenía testamento hecho y quiere hacerlo. Hemos tenido durante mucho tiempo, durante meses, las consultas cerradas de los notarios, todo el mundo confinado, con lo cual no sé qué opciones tiene una persona ahora mismo en Cataluña para poder hacer un testamento. ¿Sí no lo puede hacer de forma presencial, hay alguna manera de hacerlo?
María-Elba Rojas:
Si mira, estos días que el despacho no se ha podido abrir porque no se podía recibir personalmente a las personas y solo las hemos atendido telefónicamente, ha sido una de las preguntas más habituales Que puedo hacer?, si yo no puedo salir de casa o tengo a mi padre en un hospital y no tiene testamento? Pues en este caso hay una opción. Es lo que se llama el testamento hológrafo.
Locutora:
Hológrafo?
María-Elba Rojas:
Si es un testamento que podemos hacer en caso de urgencia porque tiene valor, pero luego este testamento hay que legalizarlo una vez se produzca el fallecimiento. Si no, no sirve para nada. Se caracteriza porque tú, de tu puño y letra puedes escribir a quién quieres nombrar heredero o herederos si quieres nombrar a varios, colocas la fecha y el lugar donde estás, te identificas bien y este documento que lo haces tú de tu puño y letra vale como testamento.

Locutora:
Tendría validez legal este documento?
María-Elba Rojas:Tiene validez legal, perfectamente, siempre que después de fallecimiento la persona beneficiada como heredera lo vaya a legalizar. Pero también tiene su riesgo, porque imagínate que se pierde, que lo rompe el que no aparece como heredero se enfada y lo rompe. Ya nos hemos quedado con las ganas de heredar.

Locutora:
Te debes haber encontrado en el bufete con un montón de circunstancias y casuísticas, hoy me ha parecido muy interesante abordar esta cuestión. Del que se puede hacer si una persona no tiene testamento.
Por cierto, que si queréis algún buen consejo o hacer alguna consulta relacionada con las herencias, os recomiendo que llaméis a María-Elba Rojas, de Bufete Rojas, el teléfono del 93 2 46 60 96. El bufete Rojas está en la calle Caspe 37, segunda tercera de Barcelona. Tenéis la página web para cualquier información. www.bufeterojas.es o podéis enviar un correo electrónico o info@bufeterojas.es, María-Elba Rojas. Muchísimas gracias. Es un placer.
María-Elba Rojas:
Gracias a ti Mónica, hasta luego

¿Quién hereda cuando no hay testamento?

COPE 18-5-2020:
Entrevista a Maria-Elba Rojas

La pandemia está provocando muchas muertes de personas que no habían hecho testamento

Hoy queremos preguntarnos qué han de hacer los familiares de aquellas personas que han fallecido durante la pandemia y no han dejado testamento hecho. De este tema queremos hablar con Marielba Rojas, abogada y buena amiga del programa. ¿Quién va a heredar en estos casos? …

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“La familia es lo mas importante que tenemos y no podemos permitir que se rompa por culpa de una herencia”

Foto: Toni Santiso

LA VANGUARDIAMONOGRÁFICOS ASESORAMIENTO JURÍDICO & FINANCIERO

Existe un gran desconocimiento de las herramientas que da la ley para evitar los conflictos hereditarios. El testamento es demasiado importante como para improvisarlo. Los testamentos hay que diseñarlos a conciencia una vez conocemos bien la historia de la familia y de sus propiedades.

-¿Para que sirve hacer testamento?

Un testamento no solo sirve para nombrar herederos; con él puedo repartir mis propiedades, nombrar administradores de la herencia que deje a mis hijos menores o incapacitados, poner condiciones a mis herederos, asegurarme de que alguien cuide de mi mascota, etc.

Nos sirve para distribuir de modo óptimo. No podemos dejar lo mismo a un hijo sano que a otro con alguna discapacidad, ni a uno de 10 años que a otro de 30. El de 30 ya podrá sobrevivir por si mismo si está sano. Sin embargo el pequeño tiene un largo camino por recorrer y muchos gastos que afrontar.

-¿Por qué se pelean habitualmente las familias?

Hemos observado que es en el momento del reparto cuando se abren todas las heridas emocionales del pasado. Esto dificulta mucho el reparto. Por eso hay que dar soluciones en el testamento.

-¿Tus consejos se reducen a tus conocimientos jurídicos?

Desde luego que no!

Mi formación en Mediación familiar y en otras ramas de la psicología me ayudan a comprender mejor a las familias y plasmar en el testamento lo que realmente quieren. Y desde luego la experiencia es aquí fundamental. He comprobado la utilidad de los testamentos que he redactado cuando han fallecido personas a las que yo les diseñe el suyo.

La abogada María-Elba Rojas está especializada en derecho sucesorio catalán. Diseña testamentos a la medida de cada familia y ayuda a resolver conflictos hereditarios que aparecen por falta de testamento o testamentos deficientes.

www.bufeterojas.es
mariaelbarojas@bufeterojas.es
c/ Caspe nº 37, 2º-3ª
08010 Barcelona
Tel. 93 246 60 96
Fax. 93 246 29 86

Sobre la muerte digital








A raíz de las noticias que han aparecido a lo largo de estos días en los medios de comunicación (La Vanguardia, 8TV, Programa de Josep Cuni…) sobre la idea de reformar el código civil de Cataluña en materia hereditaria para ampliarlo y regular la muerte (o vida) digital de quien fallece teniendo cuentas de internet, quiero comentar que en los despachos especializados en herencias ya detectamos esa necesidad hace bastante tiempo.

Estas carencias las detectamos a raíz de que los grandes operadores de internet como Facebook, Google, Youtube o Pay-Pal se niegan a facilitar las claves de sus clientes difuntos a los herederos de éstos para que accedan al correo privado del difunto, a sus fotos, a sus videos e incluso a su dinero guardado en el sistema de pago Pay-Pal.

La negativa es legitima por cuanto la ley de protección de datos no les permite difundir contenido privado de una persona difunta. Sin embargo, si quien le redactó el testamento al difunto internauta tuvo la visión necesaria el problema está resuelto.

Es en el testamento donde debemos hacer esta previsión y crear una cláusula especial de designe al legatario al que le dejaremos como legado todo o parte de nuestro contenido del mundo virtual para que lo gestione según las instrucciones que dejemos en testamento.

La previsión que quiere hacer el legislador ahora cubrirá el vacío legal que existe cuando no se haya hecho esta previsión en el testamento.Redes








EL ABANDONO EMOCIONAL ENTRE PADRES E HIJOS ES CAUSA DE DESHEREDACIÓN








Esta semana hemos tenido que hacer un testamento en el que el padre deshereda a su única hija. La última vez que éste vio a su hija fue en los Juzgados de familia, hace 20 años atrás cuando su hija tenía en ese momento, 18 años. Se discutía el divorcio y la pensión de alimentos de la hija.

La hija culpó al padre de la ruptura matrimonial y, de forma inconsciente, se castigó a sí misma privándose de la afectividad paterna, tan necesaria tanto para el padre como para la hija, al negarse la hija a seguir manteniendo el contacto con su padre.

Hay motivo para desheredar, cuando los hechos ocurren en Cataluña, al amparo de lo dispuesto en el artículo 451-17.2.e) del Código Civil de Cataluña, ya que se contempla como causa de desheredación la ausencia manifiesta y continuada de relación familiar entre el causante y el legitimario, es decir, la hija, si es por una causa exclusivamente imputable a ésta.

Pero además de esta falta de relación familiar, ha existido durante estos veinte años una pena interna en quien ahora ha hecho testamento, es decir, el padre, que jamás ha podido superar la pérdida en vida de su hija, que le ha provocado un sufrimiento silencioso pero eterno. Y gracias a la Sentencia que dictó el Tribunal Supremo el 3 de junio de 2014, en el que se equipara el «abandono emocional» como una forma de maltrato psicológico, el abandono emocional es ahora una causa de desheredación, que hasta ahora había sido completamente ignorado.

No debemos olvidar que toda persona tiene tres amores que son innatos al ser humano: el amor a los padres, que te han dado la vida, el amor a la tierra que te vio nacer y el amor a los hijos que son una prolongación de los padres.

¿Tiene sentido romper una relación paterno-filial o materno-filial porque entre tus padres se acabó el amor y se rompió el matrimonio, cuando el amor conyugal no forma parte de los tres amores innatos del ser humano? Tus hijos siempre serán tus hijos, pero tu pareja, marido o esposa… La vida dirá!

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BCN FERIA «EL CLUB DE LAS MUJERES»








BUFETEROJASFERIABCN

 

Mañana sábado 30.05.15 se inaugura la Feria «El Club de las Mujeres» patrocinada por Radio RKB de Barcelona. La feria es en carrer Sants 79 de Barcelona, dentro del espacio conocido como «Las cocheras de Sants».

Entrada gratuita sábado y domingo de 10 a 20 horas. Estaré en el estand de RKB para ayudarte si tienes alguna duda relacionada con las herencias.